COLOMBIA: El Pueblo U´wa no acepta la explotación de hidrocarburos en su territorio

by AsoU'wa

EL PUEBLO U’WA DE BOYACÁ, SANTANDER Y NORTE DE SANTANDER AGREMIADOS EN ASOU’WA NO ACEPTAMOS LA CONSULTA PREVIA

¿POR QUÉ?

Porque la Consulta Previa es un proceso de negociación del proyecto petrolero. En este proceso las partes - GOBIERNO NACIONAL, ECOPETROL Y LOS U’WA- identifican los impactos sociales, culturales, económicos, ambientales que el proyecto exploratorio pueda ocasionar a nuestro pueblo y de la concertación de medidas para mitigar dichos impactos.

El Convenio 169 de la OIT o Ley 21 de 1991 y su documento guía de aplicación prohíbe abiertamente y sin reparo a los pueblos indígenas la posibilidad de VETAR los proyectos en nuestros territorios.

Revisado estos dos conceptos los U’wa no aceptamos la consulta previa porque para nosotros EL PETROLEO – RUIRIA es sagrado, sangre de la madre tierra, hace parte de nuestro mundo material y espiritual y entrar a negociar sus impactos afecta de manera directa nuestra religiosidad, cosmovisión y cosmogonía, el derecho a la integridad étnica (la vida).

LOS U’WA DE ARAUCA ACEPTARON LA CONSULTA PREVIA por convencimiento que logro hacer el abogado Pedro N. Vallejo, y la directora de Etnías Luz Elena Izquierdo (indígena de la etnia Arhuaca de la Sierra Nevada de Santa Marta) del Ministerio del Interior y de Justicia, de que con este proceso se garantizaría la integridad étnica del Pueblo U’wa.

Pero la consulta previa termina con la siguiente:

1.1. Conclusión

La Dirección de Étnias una vez realizado el análisis de los aspectos técnicos del proyecto de exploración sísmica y las particularidades étnicas y culturales del pueblo U´wa, a la luz de los preceptos y principios constitucionales que garantizan los derechos de los pueblos indígenas y la jurisprudencia de la Corte Constitucional sobre la materia y teniendo en cuenta:

1. Como en el acto de protocolización no fue posible llegar a un acuerdo o concertación con el pueblo U’wa de Arauca, para la realización del proyecto de exploración sísmica en su territorio, el gobierno nacional decide la ejecución o no del proyecto.

2. El Proyecto de exploración sísmica Bloque Catleya de ECOPETROL S.A., no violenta la cosmovisión U´wa, en particular, el valor cultural que posee el petróleo. Las convicciones y creencias al respecto (madre de todas las lagunas, sangre de la tierra y demás) se pueden mantener.

3. Las especificaciones técnicas del proyecto de sísmica permiten inferir que el petróleo, de existir en el subsuelo del área del proyecto, no será afectado de manera física.

4. El proyecto genera perturbaciones a las comunidades U´wa, como se determinó en la identificación de impactos, pero estas no implican afectaciones sustantivas a la integridad étnica y cultural de estas comunidades, ya que estas afectaciones pueden ser superadas acudiendo a las autoridades tradicionales para que medien a través de prácticas propias y rituales. (esto es una burla a la cultura U’wa) Paréntesis nuestro.

5. La presencia de personas ajenas a las comunidades en su territorio será temporal y estará sujeta a manuales de convivencia. Por lo que se puede inferir que el proyecto no causará perturbaciones de manera permanente a la cotidianidad de las comunidades U´wa, ni a sus usos y costumbres.

6. El proyecto, en el trazado de sus líneas contempla la flexibilidad necesaria para adecuarse a requerimientos de protección de lugares de especial importancia cultural y ambiental.

7. El proyecto contempla un Plan de Manejo Ambiental el cual está dirigido a prevenir, mitigar corregir y compensar los impactos que el mismo genere; este PMA, no recoge totalmente la descripción ambiental del territorio U´wa, por ello en la ejecución del proyecto la empresa debe complementar esta información para prevenir posibles impactos negativos sobre el territorio.

De acuerdo con las anteriores consideraciones y teniendo en cuenta que el proyecto sometido a consulta no debe atentar derechos fundamentales del sujeto colectivo pueblo U´wa, la Dirección de Etnias del Ministerio del Interior y de Justicia:

CONCLUYE:

El Proyecto de Exploración Sísmica Bloque Catleya de Ecopetrol S.A. no vulnera la integridad Étnica y Cultural de las comunidades indígenas U´wa de Playas de Bojaba, Chivaraquía, Uncaría, San Miguel, Calafitas I y Calafitas II, del municipio de Saravena y Cerro Alto-Cibariza del municipio de Fortúl, en el departamento de Arauca.

La Empresa debe realizar las acciones señaladas en este estudio para garantizar la integridad étnica y cultural de las comunidades U´wa del área de influencia del Proyecto.

El Gobierno Colombiano debe adoptar el Plan de Acción presentado en este estudio por la Dirección de Etnias, para garantizar el mejoramiento de las condiciones de vida de las comunidades indígenas U´wa del área del Proyecto.

Consideración final.

Este estudio se ha realizado de buena fe, buscando contribuir al entendimiento y a la adopción de decisiones razonables y justas.


Dado en Bogotá D.C., a los treinta (30) días del mes de junio de 2.005



Original firmado por


LUZ ELENA IZQUIERDO TORRES

Directora de Etnia.

El pasado 15 de diciembre de 2006 la Viceministra del Interior y de Justicia informó a la opinión pública nacional e internacional la decisión política irresponsable, inconstitucional e ilegal del gobierno nacional de iniciar actividades de exploración petrolera en territorio U’wa, porque según ella, los U’wa no aceptamos la consulta previa, pero no explicó la justificación que la Asociación U’wa presentó por escrito el 12 de octubre de 2006 entregando un ejemplar al gobierno nacional, a los organismos de control y la chancillería, en desarrollo de la audiencia pública realizada en el Resguardo U’wa. En este memorial de agravios de 127 páginas titulado “ Fundamentos históricos, constitucionales, legales económicos, sociales, ambientales y culturales de la Asociación U’wa para objetar los argumentos del gobierno nacional frente al proyecto de exploración y explotación petrolera en territorio U’wa y solicitar su cancelación definitiva”, “NO A LA CONSULTA PREVIA” se dejó claro que de ejecutarse este proyecto se violarán nuestros derechos humanos y fundamentales, en especial.

El derecho a la vida, Art. 11 (la integridad étnica y cultural del pueblo U’wa) en concordancia con el parágrafo del Art. 330 CN.
El derecho a la Propiedad Privada Colectiva, art. 63 CN. ( integridad territorial o derecho a la propiedad colectiva como derecho fundamental según sentencias de la Corte constitucional No. T – 188/93) Asimismo desconocería la jurisprudencia de la Corte Suprema de Justicia y del Consejo de Estado que desde 1921 ha dicho que los territorios de resguardos jamás pertenecieron a la Corona Española y menos a la República de Colombia, en todas las sentencias aplicó el criterio legal del derecho romano “ Primero en el tiempo, primero en el derecho, o la teoría del primer ocupante” y los U’wa somos una cultura milenaria, un pueblo precolombino, dueños y señores de las tierras que ocupamos pacíficamente desde antes y después de la independencia de Colombia del yugo español.

Derecho al medio ambiente sano. Art. 79 CN.
Los derechos culturales, sociales, económicos, ambientales, la paz ej. la necesaria e inevitable militarización del territorio para garantizar las operaciones petroleras.
Derecho a la libre autodeterminación de los Pueblos, entre otros.

Asimismo dejamos claro que la consulta previa en los términos que lo está interpretando el Consejo de Estado y lo viene aplicando el gobierno nacional a través de la dirección de etnias viola el Convenio 169 de la OIT, y el artículo 6 de la Ley 742 de 2002 o Estatuto de Roma que trata del delito de Genocidio.

Finalmente el gobierno nacional mediante una actitud abiertamente dolosa ocultó la cédula real otorgada por la corona española a la Nación Tuneba (U’wa) en el año de 1802 en la cual se ratificó y delimitó el resguardo colonial de Tierrradentro en jurisdicción de los actuales departamentos de Casanare, Arauca, Boyacá, Santander, Norte de Santander y parte del territorio venozalano.

De otra parte, ECOPETROL S.A., se presenta como operadora del proyecto petrolero en territorio U’wa pero quienes estan aportando los recursos para adquirir la tecnología y la seguridad para explotar petróleo son las multinacionales OXY de los Estados Unidos y REPSOL YPF de España.

Pedimos a todas las ONGs defensoras de los derechos humanos y del medio ambiente de Colombia y del Mundo, a los Pueblos indígenas de Colombia, la ONIC, sindicalistas, estudiantes, a la Procuraduría General de la Nación, la Defensoría del Pueblo, a las Naciones Unidas, la OEA, la OIT, etc, requerir al gobierno nacional en el sentido de revisar la decisión política irresponsable de autorizar a las multinacionales de petróleo ECOPETROL S.A., REPSOL YPF, y OXY, de intervenir el territorio U’wa.

* Aceptar o rechazar la consulta previa no garantiza que el gobierno colombiano vaya a respetar la petición justa y legal de los U’wa de no admitir exploraciones petroleras en territorio sagrado, por lo tanto, es falso la afirmación de la Viceministra del Interior y de Justicia en el sentido de que el gobierno nacional entrará a territorio U’wa porque no aceptamos la Consulta Previa.

* Los U’wa tenemos 12 de años de resistencia, y vendrán otro tanto y mucho más, no ir a la consulta previa lo consideramos como un mecanismo de defensa, porque hasta este momento este derecho de participación es un factor determinante en la violación de los derechos humanos de nuestro pueblo.

* Próximamente el Pueblo U’wa se reunirá en asamblea general y tomará las decisiones políticas, jurídicas, sociales y culturales que reorientaran nuestro proceso de resistencia.

“los U’wa seguiremos cantándole a la vida, a la naturaleza, a la paz”

Colombia es U’wa, América es U’wa


LUIS TEGRIA TEGRIA – SIRAKUBO
Presidente del Cabildo Mayor

Asociación U’wa

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