Los estatutos y el nuevo accionario blindan a Iberdrola de opas hostiles

Con la entrada de la constructura ACS en el capital de Iberdrola, la compañía eléctrica que preside Ignacio Galán ha conseguido blindar su capital con un núcleo estable de accionistas que ya posee el 32,6% del capital, encabezado por el grupo de Florentino Pérez, con el 10%; la BBK, con un 7,5%, y el BBVA con otro 5,4% del capital de la sociedad.

El resto de accionistas que conforman este núcleo estable de Iberdrola son las cajas de Castilla y León (Caja de Ahorros del Círculo Católico de Burgos, Caja de Ahorros Municipal de Burgos, Caja Avila, Caja Duero, Caja España y Caja Segovia) con un 2,47%, Unicaja con el 1,5%, Bancaja con un 1%, Sodena (20% Caja Navarra) con otro 1%, Caja Murcia con el 0,75%, Caja Castilla-La Mancha con el 0,48%, Caja Extremadura con un 0,11% y finalmente la Caja Vital con el 0,12%.

Casi todas las cajas
La compañía lleva un par de años dando entrada en su capital a entidades de ahorro de las zonas en las que está presente. A estas participaciones se añade el 2,319% del capital que poseen los miembros del consejo de administración de la compañía, con el vicepresidente Juan Luis Arregui a la cabeza, ya que éste tiene un 1,786%.
La formación de este grupo estable de accionistas impediría a cualquier empresa lanzar una opa de carácter hostil pero, además, Iberdrola, como le sucede también al grupo Endesa, cuenta con un blindaje estatutario que limita los derechos de voto de los accionistas, y que sólo puede levantarse con el apoyo del 66% o bien del 75% del capital, en función de algunas variables. La más importante es la limitación de los derechos de voto de los accionistas al 10%, independientemente del número de acciones que ostenten, que queda recogida en el artículo 29 de sus estatutos sociales y que afirma en su artículo 29.3 «Ningún accionista podrá emitir un número de votos superior a los que correspondan a acciones que representen un porcentaje del 10% del capital social, aún cuando el número de títulos que posea exceda de dicho porcentaje de capital».

Opa por el 100%
Asimismo, según el artículo 54 de los estatutos de la empresa eléctrica, dicha limitación quedará sin efecto en caso de que Iberdrola sea objeto de una opa por el 100% y en el caso de que dicha oferta sea íntegramente en metálico y el ofertante alcance los dos tercios del capital (66%) o en caso de que la citada opa sea en todo o en parte en valores y el ofertante alcance las tres cuartas partes del capital (75%).

Por otro lado, también el artículo 56 de los estatutos establece que para modificar el mencionado artículo 29 es necesario el voto favorable de las tres cuartas partes (75%) del capital presente en la junta general.

Hay que destacar también que el importante aumento del valor de Iberdrola en los últimos años, tras la puesta en marcha de su Plan Estratético, que precisamente renovará la próxima semana con un alto grado de cumplimiento, lo que según las fuentes consultadas también es una barrera a la entrada hostil de otros grupos en su accionariado.

La compañía eléctrica ya supera en estos momentos una capitalización bursátil de 30.000 millones de euros y tiene un «enterprise value», que es su capitalización más deuda, por encima de los 46.000 millones de euros.

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