El Tribunal Superior de Justicia de Extremadura ha dictado dos sentencias en las determina que la Junta de Extremadura deberá devolver 7.232.124 euros a la empresa eléctrica Endesa en concepto de impuesto ecológico cobrado indebidamente por el Gobierno autonómico.
En la primera de las sentencias, dictada el pasado día 16 de noviembre, la empresa recurrente es Endesa Generación S.A., sociedad unipersonal. En el fallo se recuerda que el tribunal Constitucional dictó una sentencia el pasado 13 de junio en la que se reconocía la insconstitucionalidad de la ley del llamado 'impuesto ecológico'.
El TSJEX afirma que 'consecuencia de ello es que el impuesto pagado por la recurrente, basado en la ley declarada nula de pleno derecho, está viciado de esa misma ineficacia, y estando impugnada la actuación administrativa que sirvió de fundamento al pago y reclamación del impuesto, procede estimar el recurso y reconocer el derecho de la sociedad actora a la devolución de las cantidades ingresadas por dicho concepto, con el incremento de los intereses de demora», recoge textualmente la sentencia. Esa cantidad es de 7.056.990,53 euros.
Norma nula
La segunda sentencia afecta a Endesa Distribución Eléctrica S.L. La cantidad que se reclamaba en este caso es de 175.134, 31 euros. La Sala de lo contencioso del TSJEX utiliza similares argumentos para decretar la devolución del dinero a la empresa que en el otro fallo: la inconstitucionalidad de la norma que sirvió para establecerlo, que ha sido declarada nula.
HOY
En la primera de las sentencias, dictada el pasado día 16 de noviembre, la empresa recurrente es Endesa Generación S.A., sociedad unipersonal. En el fallo se recuerda que el tribunal Constitucional dictó una sentencia el pasado 13 de junio en la que se reconocía la insconstitucionalidad de la ley del llamado 'impuesto ecológico'.
El TSJEX afirma que 'consecuencia de ello es que el impuesto pagado por la recurrente, basado en la ley declarada nula de pleno derecho, está viciado de esa misma ineficacia, y estando impugnada la actuación administrativa que sirvió de fundamento al pago y reclamación del impuesto, procede estimar el recurso y reconocer el derecho de la sociedad actora a la devolución de las cantidades ingresadas por dicho concepto, con el incremento de los intereses de demora», recoge textualmente la sentencia. Esa cantidad es de 7.056.990,53 euros.
Norma nula
La segunda sentencia afecta a Endesa Distribución Eléctrica S.L. La cantidad que se reclamaba en este caso es de 175.134, 31 euros. La Sala de lo contencioso del TSJEX utiliza similares argumentos para decretar la devolución del dinero a la empresa que en el otro fallo: la inconstitucionalidad de la norma que sirvió para establecerlo, que ha sido declarada nula.
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